INFORMACIÓN DE ENVÍO POR CORREO DE VISA

EXPANSIÓN POR CORREO

EXPANSIÓN DE VISA POR CORREO 1. ANTECEDENTES: Históricamente, la mayoría de los solicitantes de visas estadounidenses requerían una entrevista en persona en un consulado estadounidense en el extranjero. Solo hubo excepciones limitadas para aquellos que tenían el mismo tipo de visa precisa en los últimos años y estaban procesando en el mismo Consulado de los EE. UU. (Durante la prohibición de viajar, muchos países no permitían que nadie renunciara a su entrevista). Según la nueva guía, muchas más personas serán elegibles para el procesamiento por correo, incluidas aquellas a las que se les haya emitido cualquier tipo de visa de EE. UU. desde 2008 O incluso si el solicitante solo ha viajado a EE. UU. con ESTA. Este es un cambio de juego. 2. NUEVA POLÍTICA. Ahora, las siguientes personas pueden renunciar a una entrevista de visa y obtener su nueva visa por correo (todavía a través de un Consulado de EE. UU. en el extranjero). Tenga en cuenta que cada consulado actúa de forma independiente y no se garantiza que los consulados estadounidenses altos ofrezcan esto de inmediato. Estos son los requisitos para aquellos que tienen entre 14 y 79 años de edad (para menores de 14 años y mayores de 79, consulte a continuación) Tipos de visa: La nueva política solo se aplica a las siguientes visas. Visas O (O-1, O-2, O-3), visas P (P-1, P-3), visas H-1, H-3 y H-4, visas L (L-1, L-2), visas Q, visas M, visas J (solo académicas), visa F Tenía una visa estadounidense anterior o viajó a EE. UU. con ESTATenía una visa estadounidense anterior o viajó a EE. UU. con ESTA. Puede ser cualquier tipo de visa estadounidense anterior emitida después del 1 de enero de 2008 o aquellos que hayan viajado a los EE. UU. con ESTA. Para ESTA no está claro si el viaje debe haber sido posterior a 2008 o no, pero parece que no es obligatorio. Rechazo pasado. Al solicitante no se le ha negado una visa (o ESTA) desde que se emitió la última visa. Última no perdida o robada. Todavía debe estar en posesión de la última visa (no perdida o robada) La última visa no requirió una exención: por ejemplo, una exención de condena penal. Sin cambio de nombre o nacionalidad. El solicitante no ha cambiado de nombre o nacionalidad desde la última visa de EE. UU. emitida. Sin arrestos ni condenas. Aparte del tráfico menor desde que se emitió la última visa. Residente o ciudadano del país. También debe poder demostrar que actualmente "reside" en el Distrito Consular donde solicita (es decir, tener una dirección allí además de ser residente/ciudadano de ese país) 3. EJEMPLOS. Sí. Joao es ciudadano brasileño y obtuvo una B1/B2 (visa de turista en 2010). Acaba de aprobar su petición O-1 y recibió su notificación de aprobación I-797B. Todavía tiene su antigua visa B1/B2, nunca ha sido arrestado, no ha cambiado su nombre o nacionalidad, y no se le ha negado una visa estadounidense desde su solicitud en 2010 para la B1/B2. En este caso, Joao puede presentar su solicitud por correo en Brasil a través del consulado de EE. UU. que tiene jurisdicción donde vive. Sí. Dan es ciudadano del Reino Unido y viajó a EE. UU. con ESTA en 2016, pero nunca ha tenido una visa de EE. UU. Dan acaba de aprobar su petición O-1 y recibió su aviso de aprobación I-797B. Nunca ha sido arrestado, no ha cambiado su nombre o nacionalidad, y no se le ha negado la renovación del ESTA. En este caso, Dan puede presentar su solicitud por correo a través de la Embajada de los Estados Unidos en Londres. Sí. Pierre es ciudadano francés. Solicitó un B1/B2 en 2014 que fue denegado (y su ESTA fue cancelada). Sin embargo, tenía una visa O-2 emitida en 2016. Acaba de aprobar su petición O-1 y recibió su notificación de aprobación I-797B. Nunca ha sido detenido ni ha cambiado de nombre ni de nacionalidad. Debería poder presentar su solicitud por correo a través de la Embajada de los EE. UU. en París porque se aprobó su última visa en 2016 (la denegación fue la anterior B1/B2 en 2014). No. Pedro es ciudadano brasileño. Nunca ha tenido una visa estadounidense ni ESTA. Pedro acaba de aprobar su petición O-1 y recibió su aviso de aprobación I-797B. No puede presentar la solicitud por correo porque nunca ha tenido una visa de los EE. UU. ni ha viajado a los EE. UU. con ESTA. No. Bob es ciudadano del Reino Unido y nunca ha viajado a los EE. UU. ni ha tenido una visa estadounidense. Solicitó ESTA y lo recibió, pero nunca ingresó a EE. UU. con ESTA. No puede presentar la solicitud por correo porque nunca ha tenido una visa de los EE. UU. ni ha viajado a los EE. UU. con ESTA. No. Simon es ciudadano francés y obtuvo una visa O-1 emitida en 2019. Acaba de aprobarse su petición O-1 y recibió su notificación de aprobación I-797B. Fue arrestado en 2020 por una pelea, pero el caso fue desestimado y no fue condenado. No puede presentar la solicitud por correo porque ha sido arrestado desde que se emitió su última visa.
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